Estatutos de la Asociación de Enfermería Comunitaria Aragonesa " A.E.C.A."

Capitulo I
Capitulo II
Capitulo III
Capitulo IV y Capitulo V
Capitulo VI y Disposición Adicional
 
CAPÍTULO IV: DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS
 


Artículo 18º. - Constituyen derechos de los socios:

a) Tomar parte en las asambleas generales con voz y voto.

b) Ser electores y elegibles para cargos directivos.

c) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.

d) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

e) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.

Artículo 19º. - Constituyen deberes de los socios:

a) Asistir a las Asambleas Generales y demás actos que se organicen.

b) Desempeñar los cargos para los fines que fueran elegidos.

c) Cumplir los Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.

d) Satisfacer las cuotas que se establezcan.

e) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación.
 
CAPÍTULO V: PATRIMONIO FUNDACIONAL, RECURSOS ECONÓMICOS PREVISTOS Y LÍMITES DEL PRESUPUESTO ANUAL
 


Artículo 20º. - La Asociación en el momento de la Constitución carece de Fondo Social.

Artículo 21º. - Los medios económicos para atender a sus fines son:

1. Los provenientes de las cuotas de los socios.

2. Los que puedan provenir de las solicitadas subvenciones oficiales. Legados o herencias que pudiera recibir de forma legal.

3. Cualquier otro recurso lícito.

El ejercicio Asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.